Pueblos indígenas, víctimas de discriminación

Los problemas, quejas e intereses de los pueblos indígenas suelen ser semejantes, especialmente en lo relacionado con mantener su identidad, patrimonio cultural y la discriminación de la que son víctimas. En el mundo existen más de 300 millones de indígenas, los cuales forman alrededor de 500 poblaciones, distribuidas en 70 países. Estas poblaciones han estado sometidas a la opresión, exclusión de los procesos de toma de decisiones, marginación, explotación, asimilación forzosa, y represión cuando tratan de pugnar por sus derechos.

La Asamblea General de la Organización de Naciones Unidas (ONU), preocupada por la discriminación y por la falta de respeto a los derechos de los pueblos indígenas, en 1994 dispuso que el día 9 de agosto de cada año se celebrara el Día Internacional de los Pueblos Indígenas.

Discriminación
La discriminación ocasiona conflictos graves y destruye la libertad y prosperidad de toda comunidad; crea rencor en los pueblos, causa grandes sufrimientos, y hasta la muerte. Existen acciones discriminatorias que impiden que haya una sociedad abierta y libre, dañando tanto a sus víctimas como al que discrimina y a toda la comunidad en su conjunto.

La discriminación es toda distinción, exclusión o restricción, basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud, embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que impide o anula el reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades.

La ONU ha establecido que la discriminación no sólo es moralmente inaceptable, sino que también es científicamente falsa, ya que está comprobado que no existe justificación biológica o fisiológica para dar un tratamiento desigual hacia las personas.

Sin escapar a lo antes mencionado están los integrantes de los pueblos indígenas de los Estados con mayor proporción de esta población, como Puebla, Michoacán, Guerrero, Oaxaca y Chiapas, que se ubican en los últimos cinco lugares de la clasificación del índice de desarrollo humano a nivel nacional. Asimismo, de los 368 municipios de alta marginación en el país, 209 son de población mayoritariamente indígena.

El municipio con menor índice de desarrollo humano es indígena es Colcoyan de las Flores, en Oaxaca, y su índice es equivalente al que existía en promedio en el país en 1937.

Esta situación es contraria a lo que dispone la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en su artículo 1º, párrafo tercero, que prohíbe todo tipo de discriminación por cualquier raza que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar derechos y libertades fundamentales.

En junio de 2003 se promulgó la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, con el fin de garantizar el cumplimiento del artículo 1º de nuestra Carta Magna. En esta ley se establece la creación del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación (CONAPRED), que es la institución pública encargada de velar por el derecho a la no discriminación y a la igualdad de oportunidades y de trato. Para ello, entre otras funciones y para dar seguimiento, recibe quejas y reclamaciones por actos discriminatorios cometidos por cualquier persona, empresa o autoridades públicas federales.

Quejas y reclamaciones
Las quejas y las reclamaciones son las denuncias que puede hacer cualquier persona ante el CONAPRED, por posibles actos de discriminación. Se llaman queja cuando a quien se denuncia por discriminación es un particular, y reclamación cuando una autoridad federal es quien presuntamente cometió el acto discriminatorio en el ejercicio de sus funciones.

¿Cómo interponer una queja o reclamación?
Se puede redactar una carta, enviar un correo electrónico o llamar por teléfono a dicha institución; la comunicación debe contener: qué ocurrió, cuándo y proporcionar los datos de la persona o personas que cometieron el acto discriminatorio, así como los datos generales de la persona que interpone la denuncia. Cuando ésta se hace por teléfono o vía Internet, es necesario ratificarla por escrito dentro de los cinco días hábiles siguientes. Quienes estén física o materialmente impedidos para hacerlo, o privados de la libertad, pueden valerse de sus familiares para plantear su caso, que será revisado por el CONAPRED.

¿Dónde levantar las denuncias?

  • Por teléfono, del interior de la República al número gratuito 01800-5430-033.
  • Por escrito, a la dirección: Dante Nº 14, colonia Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, CP 11590, México, D.F.
  • Por Internet, puede acceder a la página del CONAPRED: o enviar un correo electrónico a .

Román Duarte / Carmina Hidalgo

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