Derechos políticos

“No, pos yo ya no voto, siempre es lo mismo; todos son iguales, sólo nos buscan cuando quieren nuestro voto, prometen y prometen y al final a todos se les olvida lo que prometieron”. Corta, y con mucha sinceridad, fue la respuesta de don Manuel al preguntarle si ya estaba listo para votar en las elecciones de este próximo 6 de julio.

¿En alguna ocasión ha escuchado esta respuesta o comentario cuando se habla de política? O ¿acaso tiene usted la misma opinión?

Ante la respuesta expresada por don Manuel, nos dimos a la tarea de presentarle a él, y a todos los lectores de La Senda –con la intención de dejar en claro la importancia del voto–, lo que se refiere a los derechos políticos, y en la siguiente edición, en el mes de julio, abordaremos la democracia participativa. Para ello, utilizaremos un método tradicional (aplicado desde la antigüedad por Sócrates), que consistirá en realizar preguntas y respuestas, pues de este modo se facilitará la comprensión de nuestro tema.

¿Qué son los derechos políticos?
Se pueden definir como facultades o atributos de los ciudadanos para elegir a sus representantes, para la creación, organización y funcionamiento de las instituciones del Estado; sin olvidar que existe el ejercicio del derecho en la política educativa, del trabajo o en otros campos de la actividad del ser humano, en la que no sólo intervienen ciudadanos, sino también los que no lo son como tales, es decir, jóvenes menores, adolescentes y niños.

¿Cuáles son los derechos políticos?
El voto, el derecho de asociación, de reunión y de petición, siendo el principal el derecho al voto. Se considera que el voto es una expresión pública o secreta de una preferencia ante una o varias opciones; también, un instrumento representativo de las formas de participación en la vida política de un país, donde los electores determinan quienes los representarán en los órganos del gobierno (democracia representativa). Se dice que hay voto activo cuando elegimos, optamos por uno u otro candidato, y voto pasivo cuando somos elegidos. El voto puede ser público o secreto, personal o por correo, y tiene las siguientes características: universal (lo tiene todo ciudadano sin distinción de raza, religión, género, condición social e ilustración), libre (el elector no debe estar sujeto a ningún tipo de presión o coacción), secreto (la ley garantiza que no se conocerá públicamente la preferencia o voluntad del elector), directo (se realiza sin intermediarios), personal (por sí mismo y sin asesoramiento alguno), e intransferible (no se puede otorgar poder para ejercerlo o ceder el derecho al voto a alguna persona).

Dichos derechos se encuentran reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 35, así como en tratados internacionales firmados por nuestro país.

¿Todos tenemos derechos políticos?
Antiguamente, en nuestro país sólo podían votar quienes sabían leer y escribir (se les llamaba votos calificados); en 1917 se aprobó que votaran ciudadanos mexicanos que tuvieran 21 años y un modo honesto de vivir; y no fue sino hasta el año de 1953 cuando se permitió que las mujeres votaran.

Actualmente, de acuerdo con nuestra Carta Magna y a tratados internacionales, todo ciudadano tiene derecho a votar y a ser elegido, a asociarse y reunirse para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país. Y en nuestro país, es ciudadano todo mexicano (por nacimiento o naturalización) que haya cumplido 18 años de edad y tenga un modo honesto de vivir.

Sin embargo, no todos tienen los mismos derechos políticos. En el caso de los extranjeros, por ningún motivo tienen derecho a participar en la vida política de la nación. Y existe la suspensión del derecho político del voto, entre otros casos, cuando el ciudadano esté sujeto a un proceso criminal que merezca pena corporal (privación de libertad física), durante el cumplimiento de la pena corporal y cuando exista una sentencia que así lo haya determinado. Asimismo, es necesario señalar que no solamente se tiene el derecho al voto, sino que también se tiene el deber de votar, según lo dispuesto en el artículo 36, fracción III de la Constitución.

El voto es el medio para exigir cuentas
En consecuencia, el derecho al voto no desaparece ni deja de existir por el hecho de que uno o varios candidatos o representantes populares hayan olvidado los compromisos generados en campaña, ni mucho menos el deber que como ciudadanos tenemos de participar en la vida política de nuestro país; además de que el derecho al voto no concluye en el acto material de cruzar una boleta y elegir a nuestros representantes; el derecho y deber del voto va más allá, es decir, no sólo es una democracia representativa, sino que debe buscar una democracia participativa, la cual tocaremos en la próxima edición, y que ya le fue explicada a don Manuel.

 

Román Duarte / Carmina Hidalgo, abogados

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