Bautismo

SACRAMENTO DEL BAUTISMO

  1. Ordinariamente ha de bautizarse al niño en las primeras semanas de nacido (cfr. c 867).
  2. La persona adulta debe ser bautizada en su parroquia y si aun es niño el Bautismo debe de ser en la parroquia de sus padres (cfr. c 867).
  3. Cada parroquia debe tener horario fijo para el sacramento del Bautismo, de preferencia el domingo, pudiendo ser en otra hora hacia la tarde del sábado (cfr. c 856).
  4. La celebración del Bautismo debe ser comunitaria en los horarios señalados.
  5. No puede celebrarse el Bautismo en casas particulares o similares (cfr. c 860).
  6. Quienes tengan 7 años o más tendrán un proceso catequético propio. Se tienen que inscribir a la catequesis parroquial y después de un tiempo de preparación recibirán el sacramento del Bautismo.
  7. Los jóvenes de 14 años en adelante que deseen bautizarse, deberán recibir una catequesis acorde a su edad y ser presentados por el párroco al Obispo (cfr. c 863).
  8. Los requisitos para ser bautizado son: Presentar, en la Notaría de su parroquia, acta de nacimiento del registro civil del bautizando.
  9. El bautizando podrá tener un solo padrino o una sola madrina, o dos padrinos –hombre y mujer– (cfr. c 873).
  10. Los padrinos han de estar casados por la Iglesia, si viven como matrimonio. No podrán ser los padres del bautizando (cfr. c 874 &1 y 5).
  11. Si el padrino o la madrina son solteros, han de tener una edad mínima de 16 años cumplidos y haber celebrado los sacramentos de iniciación –estar bautizados, haber recibido la Eucaristía y la Confirmación– (cfr. c 874 &1).
  12. Los padres y padrinos que llevan a bautizar a niños y a adultos, recibirán una preparación adecuada a ellos para que renueven su compromiso bautismal y tomen conciencia de su responsabilidad (cfr. cc 843 & 2 y 851 &2).
  13. La preparación para los padres y padrinos constará de tres temas mínimo: “Cristo resucitado da vida nueva”, “La Iglesia a la que el bautizado se incorpora”, “Qué es el Sacramento del Bautismo, su desarrollo y el compromiso de los padres y padrinos”.
  14. En cada parroquia habrá un Equipo para impartir pláticas pre-bautismales, integrado por personas preparadas y actualizadas para esa catequesis (cfr. c 851 &2). Se han de guiar por el texto elaborado por el Secretariado de Evangelización y Catequesis y el “Catecismo de la Iglesia Católica”  números 212-1284.

¿Dónde? Los bautismos son en la parroquia que les corresponde de acuerdo a su dirección. De preferencia en la parroquia donde viven los papás del bautizando.

¿Cuándo? Verificar los días y horarios de las celebraciones del bautismo en la parroquia donde desean realizar el sacramento, los papás y padrinos tienen que estar presentes en la celebración del Bautismo llegando como mínimo  15 minutos antes.

Pláticas pre-bautismales: las fechas y horarios de las pláticas pre-bautismales se pueden consultar en la parroquia donde van a bautizar. A las pláticas tienen que asistir los papás (tutores) y los padrinos de bautismo. Se recomienda no acudir con niños a las pláticas pre-bautismales.

Padrinos: Los padrinos tienen que ser personas católicas, tener la intención de asumir las responsabilidades y tener uso de la razón, haber cumplido 16 años, estar confirmados, haber hecho su Primera Comunión y llevar una vida de fe. Pueden ser personas católicas solteras (que no tengan compromisos conyugales con nadie), pueden ser parejas de esposos que estén casados por la iglesia.

No pueden ser padrinos personas que pertenezcan a otra religión, o que estén viviendo en unión libre, ya que deben ser modelos de vida cristiana para los ahijados.

¿Qué función tienen los padrinos? Los padrinos son aquellos que presentan en la iglesia al bautizado, contestan en su nombre y asumen la responsabilidad de la educación cristiana del bautizado si faltan sus padres.

En el caso del bautismo de un adulto debe de ser un solo padrino o madrina. Los padrinos deben vigilar que su ahijado lleve una vida cristiana después de ser bautizado. Ser padrinos no implica asumir responsabilidades materiales.

¿A qué edad se deben de bautizar? Los padres tienen la obligación de bautizar a sus hijos lo antes posible después de su nacimiento. Es derecho de los hijos el recibir de sus padres todos los dones y valores para su desarrollo humano y cristiano. El bautismo es el don mas preciado que tienen los padres, “el don de la vida de gracia”. Así como se les registra para que obtengan sus derechos, se les debe hacer hijos de Dios, hacerlos partícipes de la fe de sus padres, que es lo más importante, haciéndolos cristianos.

Cuanto antes después del nacimiento acudir a la Notaría Parroquial para pedir el sacramento para su hijo y prepararse debidamente  (CIC 867). Solo los padres tienen el derecho de llevarlos a bautizar. En caso de adultos manifestar su deseo de bautizarse y asistir a las pláticas  de preparación.

 

¿Quieres saber más acerca de este Sacramento?

El Sacramento del Bautismo

  1. El nombre de este sacramento
  2. El Bautismo en la economía de la salvación
  3. La celebración del sacramento del Bautismo
  4. Quién puede recibir el Bautismo
  5. Quién puede bautizar
  6. La necesidad del Bautismo
  7. La gracia del Bautismo
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